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La elaboración o modificación normas técnicas fijadas por la Comisión Nacional de Energía deberán cada una seguir un Procedimiento Normativo, considerado dentro de sus etapas, la constitución de un Comité Consultivo. El objetivo de este comité es discutir, analizar y dar su opinión a la Comisión Nacional de Energía respecto de la Norma Técnica que corresponda, independientemente se trate de una nueva norma o de la modificación de una ya existente.

Las personas naturales o jurídicas interesadas en participar de un determinado Comité deben presentar a la CNE su Solicitud de Manifestación de Interés, presentando los antecedentes requeridos para que posteriormente dicha institución designe a los integrantes de este.

Para mayor información, sírvase consultar el Decreto 11, de fecha 31 de enero de 2017, que aprueba Reglamento para la Dictación de Normas Técnicas de Seguridad, Coordinación, Calidad, Información y Económicos del Funcionamiento del Sector Eléctrico.

Descargar D.S N°11/2017

¿A quién está dirigido?

Podrán integrar el Comité Consultivo:

a) Representantes de la Comisión, uno de los cuales presidirá el Comité;

b) Representantes de la Superintendencia y del Coordinador;

c) Representantes de cualquier ministerio, servicio u organismo público con competencias relacionadas con la materia objeto de la Norma Técnica, cuya elaboración o modificación se encuentra en estudio, previa invitación efectuada por la Comisión, la que se materializará mediante el envío de la resolución de inicio de que trata el artículo 14 del presente reglamento;

d) Representantes de las empresas del sector eléctrico; y

e) Expertos técnicos con experiencia o especialización en la materia objeto de la Norma Técnica cuya elaboración o modificación se encuentra en estudio.

En caso de que una empresa, institución o persona haya hecho la solicitud normativa y que fue incorporada en el respectivo Plan Normativo Anual, tendrá la calidad de proponente respecto de dicha iniciativa y la mantendrá durante todo el transcurso del procedimiento para los efectos de la inhabilidad contemplada en el artículo 23 del D.S N°11/2017.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Dentro del plazo y forma que señale la resolución de inicio para la elaboración o modificación de la correspondiente Norma Técnica, los representantes de las entidades señaladas en los literales b), c) y d) del punto anterior, así como los expertos técnicos indicados previamente, deberán manifestar su interés en integrar el Comité, para cuyo efecto deberán indicar y acompañar los antecedentes que a continuación se indican, según corresponda:

a) Indicar el nombre del o los interesados en integrar el Comité, sea en calidad de experto técnico o como representante de alguna de las entidades indicadas, señalando en este último caso la entidad a la que representa.

b) Indicar un correo electrónico para efectos de las notificaciones y comunicaciones que procedan.

c) Tratándose de los representantes de las empresas del sector eléctrico y de los expertos técnicos, se deberán acompañar los antecedentes que acrediten el cumplimiento de los requisitos, perfiles, experiencia o conocimientos específicos que se hayan establecido en la resolución de inicio, de acuerdo a lo señalado en el artículo 14 del del D.S N°11/2017, junto con la declaración jurada de que trata el artículo 23.

d) Tratándose de los representantes de las empresas del sector eléctrico, se deberá acompañar asimismo un poder especial otorgado por la entidad representada, en los términos indicados en el artículo 22 de la ley N° 19.880; y en el caso de los expertos técnicos, se deberá acompañar una declaración que individualice las actividades profesionales, laborales, económicas o gremiales, sean o no remuneradas, que realice o en que participe, incluidas las realizadas en los doce meses anteriores a la fecha de la manifestación de interés.

¿Dónde se debe presentar la manifestación?

El trámite se encuentra disponible a través de la plataforma digital, accesible desde las siguientes opciones:

Guía Online

  1. Para realizar el trámite usted tiene 2 opciones:
    • Hacer click en el botón “Iniciar Trámite” disponible al inicio de esta ficha, luego ingresar RUT y Clave Única.
    • Ingresar al link https://cne.cerofilas.gob.cl, seleccionar el trámite que desea realizar, hacer click en el botón “Iniciar Sesión”, luego ingresar RUT y Clave Única.
  2. Posteriormente, deberá completar los formularios con los datos solicitados, los que corresponden a:
  • Identificación del Solicitante y datos de Contacto
  • Documentación requerida, donde deberá subir archivos con la siguiente información:
    • Antecedentes que acrediten que cumple con los requisitos, perfiles, experiencia o conocimientos
    • Declaración Jurada de Inhabilidad que indique que no les afecta la inhabilidad definida en el Reglamento
    • Declaración de Actividades que individualice todas las actividades, profesionales, laborales, económicas o gremiales en las que haya participado, o que participe, en los últimos 12 meses.

      3. Una vez ingresados los antecedentes solicitados, al presionar finalizar, le llegará un correo electrónico que será su constancia de inicio de la solicitud.

      4. Finalmente, la CNE evaluará su solicitud y comunicará su decisión mediante correo electrónico a la casilla informada por el solicitante.